Entrando en Contexto: La RG 4711 estableció el
procedimiento que deben seguir los empleadores que resulten alcanzados el
beneficio contenido en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la
Producción, como así también el programa aplicativo que deberán utilizar a tal
efecto.
Resolución en Cuestión: Para una adecuada
instrumentación de las medidas dispuestas, AFIP estima conveniente prorrogar el
vencimiento para la presentación y pago, de la declaración jurada determinativa
de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social del período
devengado abril de 2020.
La prórroga del vencimiento general de presentación y pago
de la declaración jurada será conforme el siguiente cronograma:
Sin perjuicio de lo expuesto, aquellos contribuyentes que
resulten alcanzados por el beneficio de Postergación Especial previsto RG 4711,
deberán ingresar el pago de las contribuciones según la forma y el vencimiento
fijados en dicha resolución general.
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