Entrando en Contexto: La RG 4.687 suspendió:
- Las exclusiones de pleno derecho, previstas por la RG 4.309, hasta el 2 de Mayo de 2020.
- La consideración de los períodos marzo y abril de 2020 para el cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.
Sin embargo, debido a la prórroga del “aislamiento social,
preventivo y obligatorio”, resulta aconsejable extender las suspensiones antes
mencionadas.
Resolución en Cuestión: Teniendo en cuenta
todo lo anterior:
- Se extiende el plazo para las exclusiones de pleno derecho hasta el 1 de junio de 2020.
- Se extienden los periodos de consideración para el cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática a los períodos marzo, abril y mayo de 2020.
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