Entrando
en contexto: Producto
de que el coronavirus (COVID-19) se
propaga aceleradamente a nivel mundial de persona a persona, resulta de vital
importancia la pronta aislación de ellas a efectos que no representen un riesgo
de infección para otras.
Que en
tal sentido es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que
esta urgente necesidad de aislamiento de personas en riesgo eventual de padecer
la enfermedad, genera.
Resolución en Cuestión:
Teniendo todo esto en cuenta, el Ministerio de Salud de la Nación, considera prudente
otorgar, con carácter excepcional, licencia especial a los trabajadores en relación
de dependencia, a fin de que se permita cumplir con las prevenciones sanitarias
o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes, sin que tal
situación afecte cualesquiera de los elementos esenciales de su vínculo laboral,
necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar.
La
mencionada licencia se aplicará a todas aquellas personas trabajadoras del
sector público o privado, en relación de dependencia, que, habiendo ingresado
al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en
un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de
Salud de la Nación.
Esta
Licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y
habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les
correspondiere percibir. Sin embargo, no se computará a los fines de considerar
toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al
uso y goce del trabajador.
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