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martes, 24 de marzo de 2020

Decreto 310/20 - INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

Decreto en Cuestión: Se establece una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional para las personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria.
La prestación por este “Ingreso Familiar de Emergencia” será de $10.000.
Solo lo percibirá 1 integrante del grupo familiar y se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año.
El “Bono” será otorgado a:
  • Personas que se encuentren desocupadas;
  • Personas que se desempeñen en la economía informal;
  • Monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”
  • Monotributistas sociales
  • Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

Requisitos:
·        Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
  •     Tener entre 18 y 65 años de edad.
  •         No percibir el solicitante o algún miembro de su grupo familiar ingresos por:

o   Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
o   Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
o   Prestación por desempleo.
o   Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
o   Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.
Solicitud:
Deberá ser solicitado ante la ANSES. Los datos consignados en la solicitud tendrán carácter de Declaración Jurada por parte del solicitante.
ANSES, en forma previa al otorgamiento de la prestación, realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales con el fin de corroborar la situación de real necesidad del individuo y de su grupo familiar.

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