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viernes, 25 de octubre de 2019

Resolución General 4614/19 - Reg. de Inf para Servicios de Movimiento de Activos Virtuales y no Virtuales.

En virtud de las nuevas tendencias que se observan en la movilización de activos a través de herramientas y/o aplicaciones informáticas, la AFIP considera necesario establecer medidas que garanticen la transparencia y trazabilidad de las operaciones.
Para ello, la AFIP busca contar con información detallada, oportuna y precisa sobre todas las operaciones, para un control efectivo del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE PAGOS A TRAVÉS DE PLATAFORMAS DE GESTIÓN ELECTRÓNICA O DIGITAL, EFECTUADA EN CUALQUIER TIPO DE SOPORTE ELECTRÓNICO Y/O VIRTUAL. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN
Los administradores de estos tipos de servicios, residentes o domiciliados en el país, deberán cumplir con un Régimen de Información respecto de las comisiones cobradas por el servicio de gestión de pago electrónico que ofrecen, así como de las operaciones efectuadas por los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al mencionado sistema.
INFORMACIÓN A SUMINISTRAR: Los sujetos alcanzados por el Régimen deberán suministrar por cada mes calendario, la información que se indica a continuación:
1.    Respecto de los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al sistema de gestión de pago electrónico:
a.    Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
b.    Código de rubro.
c.    Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) o Clave Virtual Uniforme (C.V.U.). 
2.    Monto total de las operaciones realizadas, expresado en pesos argentinos.
3.    Importe de la comisión cobrada por el servicio de gestión de pago electrónico.
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN E INTERMEDIACIÓN DE CUENTAS VIRTUALES, BILLETERAS VIRTUALES, INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN
Los sujetos que realicen estas actividades, por cuenta y orden de personas humanas y jurídicas residentes en el país o en el exterior, deberán cumplir con un régimen de información en relación a:
1.    La nómina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes, así como las altas, bajas y modificaciones que se produzcan.
2.    Los montos totales expresados en pesos argentinos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas indicadas.
De tratarse de montos expresados en moneda extranjera deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización -tipo comprador- que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al último día hábil del mes que se informa.
De tratarse de montos expresados en moneda digital o criptomoneda deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización -tipo comprador- que, para la moneda digital o criptomoneda de que se trate, haya fijado el sujeto obligado al régimen, al último día del mes que se informa.
EXCLUSIONES: Quedan excluidos de este Régimen Informativo las Entidades Financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones, respecto de las operaciones que informen en el marco del régimen establecido por el Título I de la Resolución General N° 4.298.
INFORMACIÓN A SUMINISTRAR: Los sujetos alcanzados por el régimen deberán informar por cada mes calendario, lo siguiente:
1.    Respecto de las cuentas a informar:
a.    Tipo y número de cuenta 
b.    Cantidad de integrantes y tipo de identificación y carácter de cada uno de los integrantes que componen la cuenta informada.
c.    Tipo de operación: apertura, cierre, modificación.
d.    Fecha de apertura, cierre y modificación, según el tipo de operación de que se trate.
2.    Respecto de los movimientos operados en las cuentas:
a.    Monto total de los ingresos o egresos efectuados 
b.    Tipo de ingreso o egreso (efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital).
c.    Saldo mensual de las cuentas en pesos argentinos, en moneda extranjera y/o en moneda digital o criptomoneda.
d.    Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) o Clave Virtual Uniforme (C.V.U.),
3.    Respecto de los individuos involucrados en las cuentas:
a.    Residentes en el país:
                     i.    Apellido y nombre, razón social o denominación de los titulares o sujetos intervinientes en las operaciones.
                                         ii.    De tratarse de contribuyentes inscriptos ante este Organismo: Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T).
                         iii.    De tratarse de sujetos no inscriptos ante este Organismo: Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), Clave de Identificación (C.D.I.), Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.) o Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). 
b.    Personas Humanas Residentes en el exterior: 
                                          i.    Apellido y nombre.
                                         ii.    Documento de identidad o número de pasaporte.
                                        iii.    Número de identificación tributaria en el país de residencia (NIF), de poseer. 
c.    Personas Jurídicas Residentes en el exterior:
                                          i.    Razón social o denominación.
                                         ii.    Número de identificación tributaria en el país de residencia (NIF).
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La presentación de la información deberá suministrarse hasta el día 15 del mes siguiente al período mensual informado mediante alguna de las siguientes opciones:
a)    Transferencia electrónica de datos mediante el servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos”
b)    Intercambio de información mediante “webservices” denominado “Presentación de DDJJ - perfil contribuyente”.
El sistema generará el Formulario 8125 ó 8126, según el tipo de servicios que se presten.
INEXISTENCIA DE OPERACIONES: En el supuesto de no haberse registrado operaciones en el período a informar, las obligaciones se cumplirán presentando la novedad “SIN MOVIMIENTO”, hasta que se produzca una nueva operación por el respectivo régimen.
DECLARACIONES JURADAS RECTIFICATIVAS: En caso de efectuarse la presentación de una Declaración Jurada Rectificativa, ésta reemplazará en su totalidad a la presentada anteriormente por igual período y régimen.
La información que no haya sido incluida en la última presentación de un período determinado, no se considerará presentada, aun cuando haya sido informada mediante una declaración jurada originaria o rectificativa anterior del mismo período. Esto quiere decir que la DJ Rectificativa debe contener tanto la información que se quiera agregar como la que estaba contenida en las anteriores.

lunes, 21 de octubre de 2019

Tratamiento en ART del Bono $5.000.- del Decreto 665/19


La SRT respondió sobre el tratamiento de la Asignación No Remunerativa del Dto. 665/19 frente a la contribución de ART. Esto surge como respuesta a una consulta  realizada por un colega nuestro.
La SRT determina:
A) Cuando en forma total o parcial el monto de la Asignación No Remunerativa (ANR) no hubiera sido objeto de compensación por incrementos unilaterales o extraordinarios otorgados a partir del 12 de agosto de 2019, dicha suma no integra la base de cálculo en virtud de que es un concepto no habitual, pues no se declara mensualmente sino excepcionalmente y por lo tanto, excluido conforme lo dispuesto el art. 10 in fine de la Ley N° 26.773 y por el artículo 43 de la Resolución SRT N° 298, dado que no integra el salario, aun cuando se liquide conjuntamente con él.
B) En los casos que en virtud de lo dispuesto en el Art.  3° del Decreto N° 665/19, los montos de la ANR hayan sido compensados en forma total o parcial, dichas sumas – en la medida de la compensación – integran la base de cálculo pues se incorporan a la remuneración ordinaria mensual, sin aumentarla.
En caso de necesitar alguna aclaración al respecto podrá contactarse por nuestra página web www.srt.gob.ar. Además, podrá hacerlo a través de la Mesa de Ayuda del Servicio Telefónico enviando mail a ayuda@srt.gob.ar. Si Usted es Patrocinante Letrado puede consultar con su clave fiscal de AFIP a través de la plataforma e-servicios SRT, Opción Patrocinio Letrado. En caso de quejas, podrá ingresarlas a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD), ingresando en  www.argentina.gob.ar/tramitesadistancia. Podrá contactarse, además, a través de Facebook como Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por Twitter @SRTArgentina, por el asistente virtual Chatbot desde nuestra página web o por correo postal a la calle Sarmiento N° 1.962, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C1044AAD), de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 16:00 horas. Asimismo, le informamos que nuestro Servicio de Atención Telefónica 0800-666-6778 atiende de lunes a viernes de 8.00 a 17.00 horas.
Sin otro particular saluda atte.

RG 4613/19 - Cancelación de Obligaciones SUSS mediante Títulos Públicos Nacionales


Mediante el Decreto 609/19 se dispuso la posibilidad de que los tenedores de Títulos Públicos Nacionales puedan aplicar los mismos a la cancelación de las obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.
Posteriormente, salieron dos Normativas más que se explayaron al respecto:
Por un lado, las Resoluciones N°18 del 26/09/2019 y N°20 del 04/10/2019, detallaron los Títulos alcanzados por el Decreto, precios técnicos aplicables, forma de cálculo de la cantidad de valor nominal y demás cuestiones necesarias para la implementación del régimen.
Por el otro, la RG 4593 (Analizada en este blog) estableció el procedimiento para la aplicación de los Títulos a la cancelación de las obligaciones previsionales.
Es esta última RG 4593, la que se modifica por la presente RG 4613, a fin de adecuar los prefijos identificatorios de los tipos de especies correspondientes a los Títulos utilizables, disponiendo la publicación de los mismos en el sitio “web” institucional.
De este modo, la lista de prefijos que se detallan en el punto 1 del inciso c) del Artículo 3° de la RG 4593, queda si efecto y se establece que la lista actualizada se podrá consultar en el micrositio “Empleadores” (http://www.afip.gob.ar/empleadores) del sitio “web” institucional.”.

jueves, 17 de octubre de 2019

RG 4597/19 - Adelanto del Vto. de Reg. Informativo de Compras y Ventas

En la RG 4597, la AFIP reglamento el uso del “Libro IVA Digital”. Sin embargo un elemento importante, y poco tenido en cuenta, que incluyo, fue el adelanto de los vencimientos en la presentación de la DJ del Reg. Inf. de Cpras. y Vtas. , para aquellos obligados a seguir presentándolo.
Según lo dice la RG, se deja sin efecto el Régimen de Información de Compras y Ventas, desde la fecha que los sujetos alcanzados se encuentren obligados a la registración electrónica de las operaciones mediante la generación y presentación del “Libro de IVA Digital”.
Mientras se deba seguir presentado el Reg. De Información, hasta la implementación del Reg. Digital, la información seguirá suministrándose por mes calendario, pero ahora la presentación deberá efectuarse el día anterior al del vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada del IVA.
Sin embargo, la AFIP, fiel a su estilo, aun no a modificados los vencimientos, aun siguen coincidiendo con los de la DDJJ del IVA.

RG 4612/19 - IVA. Reg. de Percep., Pagos a Cuenta y Ret. Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas


En su momento, la RG 3873 creó un Registro Fiscal, así como diferentes Regímenes de Percepción, Pagos a Cuenta y Retención del IVA, aplicables sobre la producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas. Se estableció que estos Pagos a Cuenta y Percepciones deberían actualizarse semestralmente en base al incremento del Índice General Mercado de Liniers (I.G.M.L.) publicado por el Mercado de Hacienda de Liniers.
Sin embargo, la AFIP considera que es aconsejable establecer, como una excepción, determinados importes que se deberán considerarse para el período comprendido entre los meses de Noviembre 2019 y Abril de 2020, ambos inclusive.
Teniendo en cuenta esto, esta RG reemplaza el Anexo II de la RG 3873, que establecía los citados montos según los Sujetos, Operaciones y Montos, por uno nuevo que se adjunta al final de la nueva RG.
Descargar: Anexo RG 4612/19

martes, 15 de octubre de 2019

Resolución General 4610/19 - Régimen de Retención IVA. Nómina de nuevos Sujetos Comprendidos.


La RG 2854 estableció un Régimen de Retención del IVA aplicable a las operaciones que den lugar a crédito fiscal, correspondiendo la AFIP informar las y las exclusiones de los Agentes de Retención.

En base a esto, la presente RG:
1.    Incorpora como Agentes a los siguientes Contribuyentes:
33-70700050-9 ACTIVIA SA
30-71515426-5 AGRO INSUMOS DEL CENTRO S.R.L.
30-71162049-0 AGROMAQUINAS SINSACATE S.A.
30-71527390-6 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE JUJUY SOCIEDAD DEL ESTADO
30-59423135-6 ANSELMI Y CIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
30-70763866-0 ATARUSIS S A
30-51757313-9 AUTO NAUTICA SUR SRL
30-71411283-6 AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES (AUBASA) SA
30-67266139-7 BACS SOCIEDAD ANONIMA
30-71090381-2 BANELSIP S.A.
30-71491745-1 BENITO ROGGIO E HIJOS SA-JOSE CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SA-BOR COM SA - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS
20-11138728-2 BERTOLIN JUAN CARLOS
30-63260449-8 BULONFER S.A.
30-59177346-8 CAFE AMERICA MAYORISTA S.A.
30-50431221-2 CAGNOLI S.A.
30-71516228-4 CAMUZZI ENERGIA SA
23-14582052-9 CASANUEVA ADRIAN ENRIQUE
30-70760809-5 CENTRALES DE LA COSTA ATLANTICA SA
30-70976159-1 CERAMICA CAÑUELAS S A
30-62989561-9 CERAMICA FANELLI SA
30-67082494-9 COBB ARGENTINA S A
33-71097454-9 COMPAÑIA SALTEÑA DE AGUA Y SANEAMIENTO SOCIEDAD ANONIMA
30-60229148-7 CONBRA S A
30-71089304-3 CONSIGNATARIA GALARRAGA S.A.
30-70955425-1 CONSTRUCCIONES RED VIAL S.A.
30-64058058-1 CONSTRUCCIONES SCOP S A
30-67245752-8 COOPERATIVA AGROPECUARIA COLONIA ITATI LIMITADA
33-52542763-9 COOPERATIVA AGROPECUARIA LTDA DE CARABELAS
30-54574654-5 COOPERATIVA ELECTRICA DE CHAJARI LTDA
30-54575008-9 COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA
33-54574593-9 COOPERATIVA LIMITADA DE SERVICIOS ELECTRICOS Y COMUNITARIOS DE PEHUAJO
30-69460669-1 CORALINO S A
30-71570257-2 CORDOBA NORTE CANAL EXCLUSIVO S.A.
30-62221630-9 CREDIL S R L
33-71170127-9 DANIEL TIEPPO E HIJOS SRL
30-54371934-6 DANTE TANINO HOGAR SOCIEDAD ANONIMA
33-57444163-9 DIESEL LANGE S R L
30-62739371-3 DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS
34-99923057-3 DIRECCION GENERAL DE TESORERIA Y CREDITO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
30-71245659-7 DISEM S.A.
30-71178393-4 DISTRIBUIDORA LACTEOS DON TORCUATO S.A.
30-64338026-5 DON YEYO S.A.
30-54309665-9 DOS HERMANOS S.A
30-70952251-1 DROGUERIA SUR SA
30-68247276-2 EDELAR S A
30-67095746-9 EL RODEO ENTRERRIANO S.A.
30-70994421-1 EL TREINTA SRL.
30-69063363-5 EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SALTA EDESA S A
30-69229842-6 ENSIGN ARGENTINA SA
30-51845917-8 ENTRE RIOS S A.
30-62992974-2 ESCO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALIZACION Y AHORRO
30-70922120-1 ESTABLECIMIENTO IMHOF S.R.L.
30-70814267-7 FADEL SA
30-71013267-0 FERREIRA SPORT S.A.
30-68714361-9 FORESTAL ARGENTINA S A
30-71084339-9 FORTIN DEL SUR S.R.L.
30-56565401-9 FRIGOLAR S A
30-71082077-1 GAS Y PETROLEO DEL NEUQUEN SOCIEDAD ANONIMA
30-56128927-8 GILI Y CIA SRL
30-70848953-7 GIORGENELLO Y CIA SRL
30-62943064-0 GONZALEZ Y BERGUES S A
30-71240605-0 HAUSWAGEN - OLAVARRIA S.A
30-70810480-5 HIJOS DE FELICE Y MAGNO S A
30-55698784-6 INGENIERIA SIMA S A
30-62824952-7 INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL
30-70872721-7 INTERVIDRIO S.R.L.
30-70922465-0 JUMA CATERING S.R.L.
30-50003288-6 LA PERSEVERANCIA SEGUROS S A
30-55985402-2 LA PLATA CERAMICOS S A
30-64852476-1 LOBERAZ SA
33-65508842-9 METALURGICA MITRE SA
30-70736432-3 MINERA ZLATO SRL
33-71446807-9 MIRABELLA S.R.L.
30-60142852-7 MULTIORIGINAL PARTS S.A.
30-59505143-2 NATALI PLASTICOS S R L
30-70701267-2 NAVARRO SA
30-71585594-8 OC BIOENERGIA S.A.S.
30-70758990-2 OILFIELD & PRODUCTION SERVICES SRL
30-70982458-5 PAMPETROL S.A.P.E.M.
30-70741367-7 PAN FRESH SA
30-65858008-2 PETROGAS SA
30-56586215-0 PINDO SA
30-65873371-7 PLANTEL S A
30-70958248-4 POTENCIAL QUIMICA S.A.
30-56249684-6 PROMAR S R L
33-70952526-9 QUINTANA WELLPRO S.A.
30-52250132-4 RAUL MENDIZABAL Y CIA S A C
30-70800922-5 RECMIL SOCIEDAD ANONIMA
30-71215690-9 REFI PAMPA S.A.
30-69354380-7 RIBEIRO S R L
30-50006171-1 RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
30-71561677-3 RS BAHIA COMEX SRL
20-28369055-6 RUIZ MAURO HERNAN
30-64978909-2 SERVICIO ADMINISTRATIVO DE SALUD PUBLICA
30-71434719-1 SERVICIOS AGRICOLAS COMERCIALES SA
33-69809590-9 SERVICIOS DE AGUA DE MISIONES S A
30-70798086-5 SERVICIOS HLB SA
30-67222645-3 SUDAMERICANA DE BEBIDAS S R L
30-58374779-2 SUPERIMPERIO S A
30-70973541-8 SUPERMERCADOS MAYOR S.A.
30-65781904-9 TACKER SRL
30-71608804-5 TCI-BETON UNION TRANSITORIA
30-62386652-8 TECMA S.A.
30-68112790-5 TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS
30-68450379-7 TRANSPORTES CREXELL SA
30-52292880-8 UZCUDUN S.A.F.I.M.
30-71431462-5 VALLESOL SAPEM
30-69120930-6 WORLD SPORT S.R.L.
2.    Se reemplaza la identificación de  “30-50672680-4 SHELL CIA ARGENTINA DE PETROLEO S A” por “30-50672680-4 RAIZEN ARGENTINA S.A”.
3.    Incorpora como Agentes a los siguientes Exportadores:
30-65064445-6 AGRINSA AGROINDUSTRIAL SA
30-70103106-3 ALPLA AVELLANEDA S A
30-50390418-3 ANDRES N BERTOTTO S A I C
30-70793240-2 ASCANELLI S.A.
30-67776234-5 AXIS LOGISTICA S.A.
30-71522827-7 AZUL NATURAL BEEF S.A.
30-50072190-8 BALL AEROSOL PACKAGING ARGENTINA S.A.U
30-70019344-2 C ALI S A COMPLEJO ALIMENTARIO S A
30-50433302-3 CAMERON ARGENTINA S A I C
33-70937251-9 CAMPARI ARGENTINA S A
30-70899628-5 CATESUR S A
30-70838725-4 CENCI AGROINDUSTRIAL S.A.
30-68514633-5 DESAB SA
30-70014264-3 ERIOCHEM S.A.
30-68992145-7 EXAL ARGENTINA S A
30-50449769-7 FMC TECHNOLOGIES ARGENTINA S.R.L.
30-71081019-9 FRIGORIFICO QUALITA SA
30-61558889-6 FRIO INDUSTRIAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA
30-71018751-3 GRUPO KABOUR SRL
30-70974806-4 HENN Y CIA SRL
30-70730182-8 INDUSTRIAS AVICOLAS SOCIEDAD ANONIMA
30-70860293-7 INDUSTRIAS EL CORSARIO S.A.
30-70996080-2 JMC MINERIA S.A.
30-65734298-6 JOHN CRANE ARGENTINA S A
30-50199107-0 JOHNSON ACERO S. A. INDUSTRIAL Y COMERCIAL
33-70855777-9 JUMI S.R.L.
30-58856211-1 KALCIYAN TECNOLOGIA DEL VIDRIO SA
30-70804253-2 LA MUCCA SA
30-58509108-8 LACTEOS TONUTTI S.R.L.
30-68107138-1 LAFEDAR SOCIEDAD ANONIMA
30-71096427-7 LAKAUT S.A.
30-60701857-6 LAS TACUARITAS MANDATARIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
30-60445647-5 LOS GROBO AGROPECUARIA SA
30-68727231-1 MANSFIELD MINERA S A
30-53109044-2 MARBELLA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL
30-62074449-9 MARDI SOCIEDAD ANONIMA
30-71430595-2 MARTIN BAUER ARGENTINA S.A.
30-67989306-4 MINA PIRQUITAS SA
30-64806084-6 NOAL S A
30-71023592-5 NOKIA SOLUTIONS AND NETWORKS ARGENTINA SA
30-71056803-7 OLIVES SA
30-59020305-6 PAPELERA SAN ANDRES DE GILES SA
30-71613922-7 POSCO ARGENTINA SAU
30-70506844-1 PRIVA S A
30-65746844-0 PUNTA DEL AGUA S A
30-67969632-3 RACKLATINA SA
33-50134847-9 REFINERIA DEL CENTRO SA
30-71094591-4 ROTHEX S.A.
33-61200544-9 SANDVIK ARGENTINA S A
30-71537994-1 SANITARIOS TH SA
30-67663107-7 SEW EURODRIVE ARG S A
30-71172048-7 SINERGIUM BIOTECH SA
30-50641493-4 SOBRERO Y CAGNOLO S A
30-71546767-0 TALESUN ENERGY ARGENTINA S.A.
33-71573928-9 TCI GECOMP S.A.S.
30-67958454-1 TECNOPESCA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
30-70805120-5 TERMOBORO S.R.L
30-70829380-2 TOYOTA BOSHOKU ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
30-66916066-2 WEG EQUIPAMIENTOS ELECTRICOS SA
30-68585961-7 YAZAKI ARGENTINA S R L
30-71464619-9 YERBATERA HOJA VERDE SRL
4.    Incorpora como Agentes a los siguientes Exportadores (Que también son pasibles de Retención):
30-55710741-6 CIMMINO HNOS SA
30-70056202-2 DICONEX S A
30-71027807-1 E-GRAIN SA
30-71033789-2 FONDOMONTE SOUTH AMERICA SA
30-52145917-0 INCALFER SRL
30-50369689-0 LA PLATENSE SOCIEDAD ANONIMA
30-71476012-9 PESQUERIA DEL ATLANTICO S.A.
33-71439940-9 T&H TABACOS S.A.
30-62221968-5 TECNIPISOS SA
33-60467829-9 URDEGA S A
30-71542688-5 VALDORE S.A
30-60380823-8 VALOT SA
30-71465933-9 XEITOSIÑO S.A.