Entrando en contexto: La RG 1983
estableció que durante determinados períodos del año -atendiendo a las ferias
dispuestas por el Poder Judicial de la Nación- no se computen los plazos
previstos en los distintos procedimientos vigentes ante AFIP, vinculados con la
aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Resolución en Cuestión: Se establece que
las obligaciones indicadas en el Anexo, cuyos vencimientos operen entre los
días 27 de Enero de 2020 y 7 de Febrero de 2020, ambos inclusive, se
considerarán cumplidas en término siempre que se efectúen hasta el día 14 de Febrero
de 2020, inclusive.
Ademas, el ingreso de los Aportes Personales del Régimen Previsional de Trabajadores
Autónomos, correspondientes al período devengado Enero de 2020, podrá
realizarse hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT, se detallan a
continuación:
TERMINACIÓN
CUIT
|
FECHA
|
0, 1, 2
y 3
|
10/02/2020
|
4, 5 y
6
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11/02/2020
|
7, 8 y
9
|
12/02/2020
|
|
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OBLIGACIONES CUYO VENCIMIENTO DE “POSTERGARIA”:
Además de las presentaciones habituales que realizamos los Contadores,
como son IVA, SUSS, SICORE, Conv. Mult., Reg. Inf. Cpras. Y Vtas., etc., se
postergan:
a) Impuesto a las
Entradas a Espectáculos Cinematográficos.
b) Impuesto Específico
sobre la Realización de Apuestas.
c) Operaciones de
negociación, oferta y transferencia de bienes inmuebles.
d) Régimen especial de
emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Código de
Autorización Electrónico Anticipado "C.A.E.A.".
e) Cruzamiento
informático de transacciones importantes (CITI). Préstamos con garantía
hipotecaria y transferencias de dominio de bienes inmuebles, cesiones de
derecho y actos simultáneos.
f) Registro de los
Contratos de Maquila para Caña de Azúcar.
g) Operaciones
económicas de cualquier naturaleza concertadas entre residentes en el país y
representantes de sujetos o entes del exterior. Prestadores de servicios que
intervienen en dichas operaciones. Régimen de información.
h) Régimen de
registración de operaciones. Régimen de actualización de autoridades
societarias.
i) Fideicomisos
financieros y no financieros constituidos en el país o en el exterior.
Regímenes de información y de registración de operaciones.
j) Consumos
relevantes.
k) “Countries”, clubes
de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de
propiedad horizontal y otros. Importes en concepto de expensas, contribuciones
para gastos y conceptos análogos. Régimen de información.
l) Sociedades de
Garantía Recíproca (S.G.R.).
m) Controladores
Fiscales de “Nueva Tecnología”. Reporte semanal.
n) Liquidación
Electrónica de Servicios Públicos. Código electrónico de servicios públicos.
Rendición de Comprobantes.
o) Operaciones de
colocación de fondos efectuadas en cooperativas y mutuales.
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